Aceptó pagar la cuota alimentaria a los hijos solo para que la justicia lo deje ir al gimnasio
Por primera vez la justicia de esta ciudad resolvió una efectiva medida judicial contra un padre que se rehusaba pagar la cuota alimentaria de sus hijos. La cifra económica que tenía que depositar era semejante a lo que debe abonar para ir a CrossFit y recién decidió saldar la deuda cuando le prohibieron concurrir al gimnasio para practicar su pasión.
A partir de regularizar la situación el hombre pudo volver la semana pasada a Crossfit, algo que la Jueza de Familia, Claudia Vesprini, le impedía desde marzo ante años de incumplimiento alimentario. El papá se negaba a pagar una cuota acorde a sus obligaciones y depositaba una suma cercana a los $60 mil mensuales para sostener a sus hijos en edad escolar primaria.
Los reiterados incumplimientos datan de enero de 2023 y, según constaba en el acuerdo vigente, al no tener un empleo formal y ser monotributista debía abonar el equivalente al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil, lo que actualmente representa $176.200 mensuales para ambos menores.
Sin embargo, durante más de dos años depositó montos muy inferiores y así se fue generando una deuda que rondaba los 3 millones de pesos. Frente a este escenario en septiembre del año pasado se presentó planilla de liquidación y la medida fue aprobada hace poco más de un mes en el fuero de Familia.
Ante la falta de resultados con otras medidas, como intentos de embargo sobre bienes y cuentas, la Justicia resolvió dar lugar al planteo del abogado Marcelo Orazi, quien representó a la mamá de los menores. En este sentido, se avanzó sobre lo que consideraron uno de sus principales intereses personales y por cual destinaba un monto de $58 mil por mes.
“Gastaba en entretenimiento prácticamente lo mismo que consideraba suficiente para sus dos hijos. Hasta ellos advertían la diferencia entre los gastos cotidianos y el escaso dinero que recibían para todo el mes. Al investigar supimos que era muy fanático del Crossfit así que decidimos atacar lo que realmente le importaba”, explicó el abogado de la madre al diario LCR.
Finalmente, luego de la restricción impuesta a mediados de marzo, el hombre terminó cancelando la deuda la semana pasada. Tras acreditar el pago completo, pudo volver a ingresar al gimnasio en los últimos días.
Para solicitar dicha medida el abogado se basó en el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación y relató que tuvo en cuenta otros fallos que se tomaron a nivel provincial. En relación a este punto citó los resuelto por el juzgado de El Bolsón cuando un hombre no podía asistir al Karting, o en Bariloche cuando un padre tenía restringido el ingreso al casino.
“Hay varios casos como en Cipolletti o en Roca también y en cada uno la justicia pone el derecho de los niños por encima de cualquier pasatiempo o comodidad del adulto. Es una medida que puede resultar incómoda, pero es efectiva para visibilizar la responsabilidad compartida y garantizar el bienestar de los menores para que no queden en un segundo plano”, agregó.
La informalidad y los tiempos de la justicia suelen ser algunas de las tantas dificultades que existen para que se concrete el pago de una cuota alimentarias de los niños y adolescentes (o jóvenes en instancias universitarias). En el caso de Regina, la restricción para asistir al gimnasio resultó una novedad ya que es la primera vez que sucede en esta ciudad y fue lo unicó que garantizó el éxito.
El abogado señaló que al restringirse el acceso a la actividad que más disfruta una persona la justicia busca que los padres deudores entiendan que si no hay recursos para la alimentación y crianza de sus hijos, tampoco puede hacerlos para el entretenimiento personal.
Asimismo, Orazó lamentó que los intereses no se aplican en las deudas alimentarias. “No se actualizan con el valor de los alimentos, servicios, vestimenta, etc. Por lo tanto, una vez que se cobra no repara el daño ocasionado”, finalizó.