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14/07/2026

Rechazan cautelar presentada por el suspendido intendente de Allen

El máximo tribunal rionegrino denegó el pedido de Marcelo Román para frenar su apartamiento del cargo, argumentando que implicaría adelantar la decisión final. Sin embargo, dispuso tratar el conflicto con celeridad durante el receso invernal.
La suspensión de Roman se dio en el marco de la causa penal en la que se le formularon cargos por los presuntos delitos de peculado y administración fraudulenta. (Foto: Tania Domenicucci. ANR)
La suspensión de Roman se dio en el marco de la causa penal en la que se le formularon cargos por los presuntos delitos de peculado y administración fraudulenta. (Foto: Tania Domenicucci. ANR)

La presidencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro rechazó en las últimas horas una medida cautelar solicitada en el marco del fuerte conflicto institucional y de poderes que atraviesa la ciudad de Allen. No obstante, dada la relevancia de la situación política, el máximo tribunal resolvió habilitar de manera excepcional la feria judicial de invierno para imprimirle celeridad al expediente.

El planteo judicial tiene su origen en la suspensión preventiva de Marcelo Román, dispuesta por el Concejo Deliberante local a principios de julio. La decisión legislativa se fundamentó en el artículo 109 de la Carta Orgánica Municipal, luego de que se le formularan cargos en una causa penal por los presuntos delitos de peculado y administración fraudulenta. Mientras se mantenga esta suspensión, el presidente del cuerpo legislativo, Fabián Figueroa, continuará a cargo del Ejecutivo municipal de forma interina.

 

Los fundamentos del rechazo

 

La causa tramita actualmente en la Secretaría de Causas Originarias y Constitucional Nº 4 del STJ. Según se detalla en el fallo, la Justicia decidió negar la medida cautelar de Román debido a que su objetivo se superpone directamente con la cuestión de fondo que debe resolverse en el expediente principal.

Bajo el criterio restrictivo que sostiene el tribunal, informó ANR, hacer lugar a este pedido inicial hubiera implicado adelantar la decisión final del pleito. En este sentido, la doctrina del cuerpo judicial establece que, cuando se cuestiona la validez de una normativa o disposición, siempre debe primar la presunción de legalidad de los actos dictados por el Estado. Para fundamentar esta postura, se citaron fallos precedentes como "Colegio de Abogados", "Orticelli" y "Concejales".

Más allá del revés inicial con la medida precautoria, la habilitación de la feria judicial demuestra la urgencia con la que se tratará el tema en los próximos días.

Como siguiente paso procesal, el STJ corrió vista a la Procuración General para que se expida sobre la naturaleza jurídica de la presentación, ya que en su escrito Román invocó de manera conjunta una acción de inconstitucionalidad y un conflicto de poderesEl dictamen de la Procuración será un paso clave, puesto que también deberá definir si el Superior Tribunal de Justicia es el órgano legalmente competente para intervenir y resolver definitivamente este escenario institucional.