Será indemnizada con una suma millonaria tras un despido injustificado por parte de una empresa
La Cámara Segunda del Trabajo de General Roca falló a favor de una exempleada de una conocida marca de electrodomésticos argentina, quien inició acciones judiciales por el incumplimiento de sus derechos laborales tras el cierre de la sucursal local de la firma durante la pandemia. La sentencia, emitida el 24 de junio de 2025, ordena el pago de $19.565.867,21 en concepto de indemnizaciones, salarios adeudados y otros rubros.
La mujer trabajó durante más de 14 años para la empresa, en la sucursal ubicada dentro de un supermercado en General Roca, hasta que en marzo de 2021 la tienda dejó de operar y, desde entonces, nunca más fue convocada a prestar tareas ni recibió comunicación formal de su situación laboral. Según se acreditó en el expediente, los pagos se realizaban de forma irregular y parcial y desde mayo de 2020 no se ingresaban aportes previsionales ni de obra social.
Luego de varios telegramas laborales intimando una respuesta, la mujer se consideró en situación de despido indirecto, argumentando “injuria grave por parte del empleador”. En el proceso judicial, la empresa no compareció, por lo que fue declarada en rebeldía, lo que derivó en que los hechos relatados por la demandante se consideraran probados en su mayoría.
El tribunal destacó que, además de no pagar salarios completos ni responder los requerimientos formales, la empresa no cumplió con la entrega del certificado de trabajo, ni con las certificaciones previsionales, lo que agrava su responsabilidad y habilita la aplicación de multas previstas en la Ley de Contrato de Trabajo.
El caso se inscribe en un contexto nacional donde la misma empresa enfrenta múltiples denuncias por el incumplimiento de sus obligaciones laborales y el cierre de locales en todo el país, situación que fue respaldada por informes periodísticos y documentación incorporada en la causa.
La justicia decidió hacer lugar en su mayor extensión a la demanda instaurada y en consecuencia condenando a ésta última a pagar a la primera, en el plazo diez días de notificada, la suma de $19.565.867,21 en concepto de los rubros que da cuenta el considerando, importe que incluye intereses según la Doctrina Legal calculados al 21-06-2025, que seguirán devengándose hasta el efectivo pago; todo conforme lo explicitado en los considerandos.
La jueza interviniente valoró que, aunque el proceso fue en rebeldía, era necesaria una sentencia ajustada al derecho. Por eso, se excluyó parcialmente una de las indemnizaciones solicitadas, pero se reconoció la mayoría de los reclamos como legítimos y bien fundados.