Ruta del dinero K: Lázaro Báez deberá pagar una multa de más de 300 millones de dólares
En un acontecimiento judicial de gran envergadura, el Juez Federal Néstor Costabel ha tomado una decisión contundente en un caso que ha capturado la atención del país. Ha ordenado al exponente principal de uno de los escándalos de corrupción más prominentes de la última década, Lázaro Antonio Báez, asumir una multa pecuniaria sin precedentes.
El monto establecido por el tribunal asciende a la vasta suma en moneda local del equivalente de USD 329.237.200,14, como consecuencia de la condena por su implicación en actividades de lavado de activos agravado, un caso popularmente denominado como la "Ruta del Dinero K".
La decisión del magistrado Costabel no surge de un vacío legal, sino que se basa en la sentencia firme que fue ratificada notablemente por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal a finales de febrero de 2023. Este fallo solidifica una condena de prisión de una década para Báez, quien fue encontrado culpable de ser coautor de delitos de lavado de activos. Esta sentencia pasó a estado definitivo tras la decisión insoslayable de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en mayo, al desestimar el recurso de queja presentado por la defensa de Báez, que no solo confirmó la pena privativa de libertad, sino que también estipuló una sanción económica seis veces mayor al valor de las acciones ilícitas.
La defensa de Báez, dirigida por el abogado Juan Martín Villanueva, sigue explorando vías legales para combatir la imposición de la multa. Una estrategia sustancial que fue presentada consiste en la teoría de inconstitucionalidad. Villanueva ha desafiado la disposición del Código Penal pertinente, argumentando que la multa representa una confiscación que vulnera derechos fundamentales y que superaría el patrimonio verdadero del acusado. En su defensa, sugiere que en unión con otros decomisos y obligaciones administrativas, cumplir con la totalidad de la penalidad impuesta se tornaría inviable.
El Juez Costabel, sin embargo, fue inamovible en su postura. Según su análisis, la firmeza de la sentencia se extiende también a la multa como una pena compartida, invalidando las alegaciones de la defensa jurídica para modificar esta condición jurídica. Insistió en que la orden de ejecución de la multa es independiente del ítem de la unificación de condenas, desde que el fallo original ostenta el statu quo de autoridad de cosa juzgada.
En contraste a la actuación impulsiva de la defensa, el fiscal Abel Córdoba solicitó la revisión y actualización del monto conforme a las fluctuaciones económicas, una súplica que fue denegada por el TOF 4, quienes argumentaron que la denominación era en dólares estadounidenses, una divisa prácticamente inmune a tales procedimientos inflacionarios.
Además de reafirmarse en el argumento legal, Costabel complementó su fallo con la colaboración y documentos proporcionados por la Unidad de Información Financiera, parte acusatoria activa en la causa. Desde los días de investigación en 2016, cuando un extenso informe arrojó una tasación extraordinaria del conglomerado de bienes en posesión de Báez y Austral Construcciones, había quedado patente el engrosamiento cometido mediante prácticas de blanqueo de activos.
La medida judicial ahora insta a Báez a abonar dentro de un plazo enfático de diez días. Como colofón del proceso legal, advierte que de no realizar el pago, el siguiente paso será avanzar sobre su cuantioso patrimonio para dar cumplimiento becario a la imposición de esta sanción económica.