Policiales
Una trabajadora frutícola logró que la Justicia reconozca su enfermedad laboral y condene a la aseguradora
El fuero Laboral de Roca resolvió a favor de una trabajadora de la industria frutícola y condenó a La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo, al reconocer que padece una enfermedad profesional y fijar una incapacidad laboral del 17,79 %, superior a la que había sido determinada por la Comisión Médica.
La mujer trabajó durante años como embaladora, realizando tareas de clasificación de fruta que implicaban movimientos repetitivos de extensión de muñeca y presión constante con las manos. Con el tiempo comenzó a sentir dolor y hormigueo en las extremidades superiores, un cuadro que se agravó y terminó afectando su capacidad laboral.
En una primera instancia administrativa, la Comisión Médica le había reconocido un grado de incapacidad, pero la trabajadora consideró que ese porcentaje no reflejaba el daño sufrido y decidió recurrir al Poder Judicial. Durante ese período recibió prestaciones médicas, intervenciones quirúrgicas y tratamientos de rehabilitación.
Tras el proceso judicial y la producción de las pruebas, el tribunal dio por probado que la trabajadora presenta una incapacidad laboral derivada de una enfermedad profesional, con afectación de los nervios medianos distales en ambas extremidades superiores.
En ese contexto se realizaron pericias médicas y psicológicas. La médica perito concluyó que la mujer padece síndrome de túnel carpiano bilateral, atribuible a la actividad laboral desarrollada, un informe que no fue impugnado por las partes.
La pericia psicológica diagnosticó un trastorno depresivo con incapacidad psíquica, vinculado al cuadro físico y a sus consecuencias laborales y personales. Si bien este informe fue cuestionado por la ART, la profesional explicó que se trata de un trastorno crónico, con más de dos años de evolución, y fundamentó el nexo causal entre las lesiones físicas y el impacto psicológico.
En consecuencia, la sentencia de primera instancia condenó a la aseguradora a abonar la indemnización correspondiente, conforme a lo establecido en la Ley de Riesgos del Trabajo y su normativa complementaria.