Pidió actualizar la cuota alimentaria por inflación y tuvo respuesta positiva de la justicia
El Juzgado de Familia de Villa Regina resolvió hacer lugar al pedido de una madre para actualizar la cuota alimentaria de su hija, con el fin de evitar que el aporte “pierda poder adquisitivo frente al proceso inflacionario”. La decisión judicial estableció un incremento en el monto y fijó un porcentaje mayor del salario del progenitor como prestación alimentaria.
La presentación se originó a partir de una nueva mediación solicitada por la mujer, quien mantuvo una relación de siete años con el padre de la niña y convivió con él en una ciudad de la provincia de Buenos Aires. De acuerdo con lo expuesto en el expediente, situaciones de violencia motivaron su regreso a Río Negro junto a la menor, quedando a su cargo el cuidado cotidiano.
Según se indicó en la causa, el acuerdo alimentario vigente había sido firmado en 2017 y “ya no resulta suficiente para atender las necesidades actuales de la niña”. El fallo consideró que el crecimiento de la menor y el contexto económico modificaron sustancialmente los requerimientos respecto de los existentes al momento de la firma del acuerdo original.
La madre señaló que, además de su trabajo fijo en el ámbito de la salud, realiza otras actividades para complementar sus ingresos. En ese marco, también planteó que afrontó de manera íntegra los gastos del cumpleaños de su hija, incluyendo el alquiler del salón, la torta y las bebidas.
Ante ese planteo, el padre sostuvo que el festejo “no fue acorde a su realidad económica” y que no se encontraba en condiciones de asumir esos costos. Al no lograrse un nuevo acuerdo, la mujer recurrió al Poder Judicial para solicitar la actualización de la cuota alimentaria.
En la contestación de la demanda, el hombre argumentó que fue la madre quien decidió mudarse de manera unilateral a Río Negro, lo que dificultó el vínculo con su hija. Afirmó que cumple con el pago de un porcentaje de sus ingresos y que, además, afronta la cuota escolar. Un informe social incorporado al expediente indicó que, si bien las necesidades básicas están cubiertas, “existen limitaciones para el acceso a actividades recreativas y de salud por razones económicas”.
Al resolver, la jueza destacó que ambos progenitores atraviesan situaciones económicas modestas, pero remarcó que “el cuidado personal de la niña recae exclusivamente en la madre”. En ese sentido, consideró que “el aumento de las necesidades de la menor, sumado al contexto inflacionario, torna razonable y justificado el incremento de la cuota alimentaria”, aunque rechazó el pedido de reembolso de los gastos del cumpleaños por no tratarse de una obligación incumplida y por no ser la vía judicial adecuada.