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29/11/2025

El Gobierno oficializó un nuevo aumento en el gas: de cuánto es

La suba se trasladará de manera directa a los usuarios residenciales de todo el país.

El Ministerio de Economía ha anunciado una importante modificación en el recargo aplicado al consumo de gas natural en los hogares. Este ajuste establecerá un nuevo porcentaje del 7,5% sobre el valor del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), y será visible en las futuras facturas de los usuarios.

Esta actualización forma parte de un esfuerzo más amplio del Gobierno para reforzar el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas. Este fondo es vital para mantener el esquema de compensaciones en vigencia, y su principal fuente de ingreso es el recargo ahora ajustado. De este modo, el gravamen impactará el costo del metro cúbico de gas natural de 9.300 kilocalorías desde su ingreso a la red de transporte, aplicándose en todo el país.

La normativa exige que las empresas encargadas de comercializar el gas repercutan esta tasa en su totalidad en el precio del gas adquirido. Para aquellos que usan gas para auto-consumo, el cálculo para el recargo se hará basado en el volumen de gas usado, el precio promedio ponderado y la tasa establecida.

El Gobierno subraya la necesidad de asegurar que todos los agentes del mercado apliquen el recargo de forma uniforme, evitando así distorsiones y asegurando que los costos finales recaigan sobre los usuarios residenciales. Esto permitirá una estabilidad en la estructura financiera del fondo, asegurando que se continúen los subsidios necesarios.

ENARGAS, que opera bajo la Secretaría de Energía, será la encargada de adecuar los procedimientos para garantizar que las distribuidoras integren este recargo en las facturas domésticas adecuadamente. Este incremento no solo afectará a los consumidores, sino también a las empresas por el gas que consumen internamente para sus operaciones, garantizando un impacto uniforme.

Esta modificación da continuidad a una serie de cambios que desde 2017 han reconfigurado el modo en que se aplican los recargos energéticos. La base legal proviene del artículo 75 de la ley 25.565, ampliada por la ley 27.637, permitiendo variaciones en el porcentaje impuesto hasta un 50% en respuesta a las condiciones energéticas imperantes.