Nunca reconoció a sus hijos: la Justicia de Roca ordenó la filiación y los chicos llevarán el apellido paterno
Una jueza de Familia de Roca hizo lugar a una demanda de filiación extramatrimonial y ordenó que dos niños lleven el apellido paterno. La causa fue impulsada por la madre, quien sostuvo que el padre nunca realizó el reconocimiento voluntario en el Registro Civil ni asumió sus deberes legales.
Según consta en la resolución, la pareja se había conocido en la secundaria y de esa relación nació la primera hija. En aquel momento, la mujer atravesó el embarazo y la crianza inicial sin apoyo. Años más tarde retomaron el vínculo, comenzaron una convivencia y nació el segundo hijo.
La madre relató que, en reiteradas oportunidades, le pidió al hombre que cumpliera con el trámite formal de reconocimiento, pero nunca lo hizo. Tras la ruptura definitiva, recurrió al Poder Judicial para iniciar la acción.
Durante el proceso, el padre fue citado varias veces para realizarse la prueba de ADN y asistir a audiencias, pero no concurrió. Esa conducta, sumada a la falta de reconocimiento voluntario, fue interpretada como un indicio grave en su contra.
La jueza subrayó que los niños tienen derecho a la identidad, un principio protegido por la Constitución Nacional, normas provinciales y tratados internacionales. También destacó que el hombre desatendió sus obligaciones y nunca generó un vínculo sano ni afectivo con sus hijos.
Concluido el trámite, se determinó judicialmente la filiación y se ordenó que ambos chicos lleven el apellido paterno.