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DECRETO

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29/05/2025

El Gobierno realizó cambios en la ley de política migratoria

Según publicó en el Boletín Oficial, se habilita el arancelamiento del sistema sanitario y se endurece el acceso a la ciudadanía.

El Gobierno ha realizado modificaciones significativas en la ley 25.871, que regula la política migratoria, mediante el decreto DNU 366/2025, según se publicó en el Boletín Oficial esta semana. Estos cambios impactan de manera directa en varias áreas clave del país, incluyendo la salud pública, la educación y el acceso a la ciudadanía.

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Uno de los aspectos más destacados de esta reforma es el mayor rigor en la deportación y la obtención de la ciudadanía. Estas medidas están diseñadas para controlar mejor su política migratoria en tiempos donde los flujos de personas son cada vez más cambiantes y numerosos. Al mismo tiempo, se habilita el cobro por el acceso al sistema sanitario y las universidades tienen la opción de imponer tarifas a los estudiantes extranjeros.

En materia de salud, el decreto nuevo asegura que todos los inmigrantes, sin importar su situación migratoria, tendrán acceso a la atención en casos de emergencia. Los residentes permanentes continuarán disfrutando del acceso al sistema de salud público, pero aquellos que no cumplen con estas condiciones deberán disponer de un seguro médico o prepararse para pagar por los servicios recibidos, conforme a las políticas del Ministerio de Salud.

En el ámbito educativo, las universidades públicas mantienen la gratuidad para ciudadanos y residentes permanentes. Sin embargo, el decreto no excluye la posibilidad de arancelar a otros extranjeros, siempre y cuando así lo decidan las instituciones. A pesar de esto, se reconocen becas y otras formas de ayuda, especialmente a través de acuerdos con instituciones internacionales.

Con respecto al estado de residencia, el decreto expresa: "Los extranjeros serán admitidos para ingresar y permanecer en el país en las categorías de 'residentes permanentes', 'residentes temporarios' o 'residentes transitorios'. La DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES determinará la viabilidad del cambio de la categoría o subcategoría en que los extranjeros fueron originariamente admitidos.

Una vez iniciado el trámite correspondiente y hasta su resolución, la Autoridad de Aplicación podrá conceder una autorización de 'residencia precaria', la cual será revocada por dicha autoridad cuando se desnaturalicen los motivos que se tuvieron en cuenta para su otorgamiento. Su validez será de hasta NOVENTA (90) días corridos y podrá ser renovada por resolución fundada de la referida autoridad migratoria".