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25/04/2025

Vendían casas sustentables por Instagram, pero terminaron en juicio por incumplimiento y daños a una mujer del Alto Valle

Un fallo judicial determinó el incumplimiento contractual por parte del proveedor, así como la violación de los deberes de trato digno e información que establece la Ley 24.240.

En un caso judicial que tuvo lugar en el Alto Valle, una mujer obtuvo sentencia favorable en contra de un proveedor de viviendas.  La compradora, residente de Cervantes, adquirió uno de los módulos y pagó el valor total por la propiedad, la cual fue entregada en el terreno acordado, sin embargo, no contaba con los requisitos mínimos de habitabilidad.

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En los papeles, la casa debía contar con cocina-comedor, baño y dormitorio, equipada con servicios básicos y un sistema de aislación térmica. El proveedor, prometió una casa container con promesas de confort térmico, instalaciones completas y diseño funcional. La unidad había sido promocionada en Instagram, donde se mostraban imágenes de unidades construidas con containers marítimos reciclados, presentadas como una solución moderna, accesible y sustentable para quienes buscan una alternativa económica de vivienda.

Sin embargo, la realidad de la vivienda fue muy diferente. Durante el verano, las temperaturas interiores se volvieron insoportables, mientras que en invierno el frío se filtraba por todas partes. La humedad, producto de la condensación, deterioraba rápidamente las superficies, mientras que los caños obstruidos dejaban a la familia sin agua caliente a los pocos días de haber comenzado a habitar la casa.

La situación culminó en una demanda judicial por daños y perjuicios en el fuero civil de General Roca. La compradora presentó pruebas documentales, fotografías, testimonios y conversaciones con el proveedor, quien no respondió a la demanda. Debido a su incomparecencia, fue declarado en rebeldía y la jueza reconoció su responsabilidad en los hechos.

Un informe técnico, que fue incorporado al expediente judicial, detalló que la construcción no cumplía con ninguna normativa vigente en materia de aislamiento térmico. La aislación era insuficiente, mal colocada y carecía de barrera de vapor. Para hacer la vivienda habitable, se necesitaría desmontar gran parte de la estructura, reemplazar la aislación, rehacer muros, cielorrasos y pisos, además de reacondicionar el sistema de agua.

El fallo judicial determinó el incumplimiento contractual por parte del proveedor, así como la violación de los deberes de trato digno e información que establece la Ley 24.240. Como resultado, se reconoció el derecho de la clienta a una reparación integral, que incluye los costos de reconstrucción, los gastos ya afrontados, la necesidad de alojamiento alternativo durante las refacciones y el daño moral causado por la frustración del proyecto habitacional.