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22/04/2025

La ANMAT autorizó la importación de productos médicos con vencimiento a partir de los 6 meses

La medida modifica el plazo anterior que era de 12 meses.

En un movimiento significativo que busca flexibilizar las condiciones de importación de productos médicos en Argentina, la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) ha publicado una actualización clave en el Boletín Oficial. Según esta nueva directiva, a partir de ahora se permitirá el ingreso al país de productos médicos que tengan una fecha de vencimiento mínima de seis meses.

Esto representa un cambio importante respecto a la normativa anterior, la cual exigía una vigencia mínima de doce meses para estos productos.  

La intención detrás de este ajuste es aumentar la cantidad de productos disponibles para la atención médica, asegurándose al mismo tiempo de mantener los estándares de calidad, eficacia y seguridad de los bienes que se importan. De este modo, se busca responder de manera efectiva a las necesidades del sistema de salud sin comprometer la atención brindada a los pacientes.  

 

 

Esta modificación normativa deroga específicamente la Disposición N° 1655/1999, que regulaba hasta ahora el ingreso de productos médicos con una fecha de vencimiento y/o expiración menor a un año. Sectores implicados en la fabricación, importación y comercialización de estos productos habían solicitado la revisión de esta disposición, argumentando la necesidad de adaptarse a nuevas realidades de mercado y de suministro global.  

Sin embargo, es crucial subrayar que la reducción en el tiempo de vencimiento no disminuye la rigurosidad en la vigilancia de la manipulación de estos productos. ANMAT ha sido enfática en señalar que ante cualquier alteración fraudulenta de la fecha de caducidad en envases originales, se impondrán las severas sanciones que estipula la Ley Nº 16.463. Esto se aplicará aun cuando se detecten irregularidades que puedan equivaler a delitos según el código penal.