TURISMO
El Gobierno Nacional definió que los puentes turísticos sean “días no laborables” y cada empleador definirá si los otorga
El Gobierno oficializó este jueves, a través del Boletín Oficial, una modificación en los tradicionales "feriados puente", que ahora serán designados como “días no laborables”, lo que otorga a los empleadores la decisión final sobre si conceder o no el día libre a sus trabajadores. Además, se estableció que el pago de estos días será con la remuneración habitual, sin incrementos salariales especiales.
Mediante una resolución firmada por el presidente Javier Milei y el Jefe de Gabinete Guillermo Francos, el Gobierno definió que tres días del calendario 2025 tendrán carácter de días no laborables con fines turísticos. Las fechas seleccionadas son:
- Viernes 2 de mayo, puente con el feriado del Día del Trabajador (1 de mayo).
- Viernes 15 de agosto, creando un fin de semana largo al combinarse con el feriado del lunes 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín).
- Viernes 21 de noviembre, puente con el Día de la Soberanía Nacional (20 de noviembre).
El objetivo de esta medida, amparada por la Ley 27.399, es incentivar el turismo interno, aunque introduce un cambio significativo respecto a años anteriores al definir estos días como no laborables y no como feriados.
De acuerdo con lo dispuesto por la Ley de Contrato de Trabajo, la decisión de otorgar el día libre será potestad del empleador, salvo en ciertos sectores como el bancario, seguros y el sector público, donde estas fechas suelen ser automáticamente días no laborables. En todos los casos, la jornada deberá ser abonada con la remuneración regular, sin suplementos.
“Esta medida busca promover el turismo, pero también genera un impacto significativo en la planificación laboral de empresas y trabajadores”, explicó un funcionario cercano al Ejecutivo.
¿Qué dice la Ley 27.399?
La Ley 27.399, sancionada en 2017, faculta al Poder Ejecutivo a declarar hasta tres días al año como feriados o no laborables con fines turísticos, limitándose a lunes o viernes para extender los fines de semana largos. También establece los feriados inamovibles, como el 1 de enero, el 24 de marzo (Día de la Memoria), el 2 de abril (Malvinas), el 25 de mayo y el 9 de julio, entre otros. Además, contempla feriados trasladables y días no laborables específicos para religiones como la judía e islámica.
Con este cambio, el Gobierno busca optimizar el impacto económico del turismo, aunque deja en manos del empleador la decisión de otorgar el descanso, marcando una diferencia con gestiones previas.
“El espíritu de esta decisión es dinamizar el turismo sin que implique una obligación adicional para los empleadores”, concluyó la resolución oficial.