2026-03-12

Rubén Muñoz, de la exoneración en la policía de Río Negro a su detención en Roca

Se presentó como un “perseguido político”.

En las últimas horas el ex policía Rubén Muñoz, quien se presentó como un “perseguido político”, admitió que tomaba decisiones por su cuenta sin tener en cuenta las jerarquías ni los procedimientos reglamentarios, al reconocer en una carta que fue suspendido “por llevarle ropa a los niños de la Línea Sur (Cerro Policía) sin autorización de mis superiores”.

A su criterio, la aplicación de los reglamentos, consistió en “una locura”, y la decisión de no pedir autorización, la justificó porque estaba “ayudando al prójimo”.
Ya en 2010, en medio de un reclamo administrativo, había admitido que tuvo “sólo cinco días de arresto policial por faltas administrativa leves”.

Lo cierto es que, según consta en las actuaciones administrativas internas de la jefatura de policía, Muñoz, “registró un extenso período de inasistencias al servicio, comprendido entre el 14 de julio de 2017 y el 14 de febrero de 2019, lo que totaliza aproximadamente quinientos trece (513) días”.

Es por eso que las actuaciones continuaron bajo el criterio de que el ex sargento “mantenía una conducta contraria a los principios de honestidad, transparencia y correcta percepción de haberes que deben observar los integrantes de la administración pública”.

Entre los antecedentes disciplinarios registrados se encuentra un sumario administrativo por “falta grave”, vinculado a la percepción indebida de la bonificación por vivienda. Los sumariantes pudieron constatar que Muñoz cobraba ese adicional “sin encontrarse habitando el inmueble declarado a tal efecto”.

Luego que le aplicaran 75 días de suspensión por este tipo de conductas, fue que se resolvió su cesantía, medida que incluso fue revisada judicialmente y llegó hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde sus planteos fueron rechazados y dejada firme la cesantía.
De este modo, todas las sanciones siguieron la vía administrativa y judicial correspondiente, más allá de cualquier arenga política posterior.

Definida su expulsión de la fuerza por motivos exclusivamente disciplinarios, desde su lugar de detención manifestó: “amamos la lucha” y se consideró un “preso político”.
Sin embargo, Muñoz fue señalado como uno de los protagonistas de la toma de dependencias policiales y de las amenazas dirigidas al ex jefe de la fuerza, Daniel Jara.

Esos hechos, determinaron el inicio de una investigación judicial. La cual avanzó durante años y concluyó con una sentencia en los tribunales provinciales que estableció responsabilidades penales y una condena a 3 años de prisión.

Este fallo se dictó al margen de sus actitudes individuales como supuesto representante sindical, sino que se basó en delitos que fueron investigados y condenados por la Justicia.

Detención en Roca
En una resolución que marca un endurecimiento en la ejecución de la pena, la Justicia rionegrina dispuso que Rubén Muñoz comience a cumplir su condena de manera efectiva en un establecimiento penal. La decisión surge tras la unificación de dos legajos judiciales y la comprobación de que el imputado violó sistemáticamente las restricciones impuestas por el tribunal.

El origen de la condena
Muñoz acumulaba dos sentencias previas que sumaban una pena única de tres años de prisión en suspenso.La primera: Tres años por coacción, perturbación de funciones públicas e instigación a cometer delitos y la segunda ocho meses por amenazas simples.

Pese a la unificación de las causas, se le había otorgado el beneficio de la ejecución condicional, lo que le permitía permanecer en libertad siempre y cuando cumpliera estrictas reglas de conducta y prohibición de contacto con los denunciantes.

El punto de quiebre en el proceso fue el incumplimiento de las medidas de protección a favor de Daniel Jara, actual Ministro de Seguridad de la provincia y víctima en uno de los expedientes.
La sentencia prohibía a Muñoz cualquier tipo de acercamiento físico, hostigamiento o comunicación por cualquier medio hacia el funcionario. Sin embargo, durante la última audiencia se acreditó que el condenado protagonizó un nuevo episodio de contacto, rompiendo definitivamente la confianza depositada por el tribunal.

Ante la verificación de este segundo incumplimiento, el juez Juan Pablo Romera determinó que la condicionalidad de la condena quedara sin efecto. El magistrado fue tajante al considerar que las pautas de conducta fueron vulneradas de manera deliberada.

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