2025-12-18

Policiales y Judiciales

La madre no contestó y una niña podrá acompañar a su papá en viajes al exterior

La autorización fue otorgada por una jueza de Familia de la Segunda Circunscripción Judicial, tras evaluar el contexto familiar, la situación de cuidado y la voluntad expresada por la niña.

Una niña podrá viajar al exterior con su papá durante los recesos escolares para acompañarlo en actividades laborales previstas en distintos países. La autorización fue solicitada por el progenitor que tiene a su cargo el cuidado cotidiano de la menor desde la separación de sus padres y se tramitó ante el fuero de Familia de la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en Roca.

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De acuerdo con las constancias incorporadas al expediente, desde la ruptura del vínculo entre los progenitores la niña permanece bajo el cuidado de su papá, quien asume de manera exclusiva su atención personal, económica y afectiva. En ese contexto, el hombre explicó que su trabajo lo lleva a realizar conferencias y charlas profesionales fuera del país y que su intención es que su hija pueda acompañarlo cuando no tenga obligaciones escolares.

El pedido judicial incluyó un detalle de los viajes previstos, que tendrán como destino Chile, Estados Unidos y México, y dejó expresamente aclarado que las salidas del país se concretarían únicamente durante los períodos de receso escolar. Además, se indicó que, cuando la niña no viaje con su padre, quedará al cuidado de su abuela paterna, quien forma parte de su entorno familiar cercano.

En el trámite quedó asentado que la madre fue debidamente notificada del planteo judicial, pero no respondió ni promovió un régimen de comunicación con su hija. Ante esa falta de respuesta, el juzgado avanzó con el análisis del caso a partir del interés superior de la niña y de la situación de cuidado acreditada en el expediente.

Durante el proceso intervino la Defensora de Menores, quien emitió un dictamen favorable al pedido del padre. En su presentación, valoró el contexto familiar, la estabilidad en el cuidado cotidiano de la niña y la voluntad expresada por ella de poder viajar junto a su papá. También consideró que la experiencia resultaría beneficiosa para su desarrollo personal.

Al momento de resolver, la jueza ponderó especialmente el interés superior de la niña y el impacto positivo que la medida puede tener en su desarrollo emocional y social. La magistrada encuadró la decisión en la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley nacional 26.061, la Ley provincial 4109 y el Código Civil y Comercial de la Nación, que regula el consentimiento de ambos progenitores para las salidas del país.

Con ese marco legal y familiar, la jueza hizo lugar al pedido y habilitó los viajes solicitados, dejando establecido que se realizarán únicamente durante los recesos escolares y bajo las condiciones expuestas en el expediente.

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