El Gobierno modificó el Impuesto a las Ganancias para exportadores e importadores
En el ámbito económico argentino, un nuevo capítulo se inicia con la reciente promulgación de cambios significativos en la reglamentación del Impuesto a las Ganancias, que promete alterar las dinámicas de quienes se dedican a las importaciones y exportaciones en el país.
Este martes, el gobierno liderado por Javier Milei publicó en el Boletín Oficial el Decreto 767/2025, marcando un hito con reformas que afectan directamente a las transacciones internacionales. Este decreto lleva la firma del propio Milei, junto con su Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo, indicando la relevancia estratégica que esta modificación representa dentro del actual panorama económico del país.
Un aspecto central de estas reformas es el reajuste en los umbrales de obligaciones informativas hacia la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). A partir de ahora, las empresas deben cumplir con estos requisitos sólo si sus operaciones comerciales alcanzan o superan los 500 millones de pesos al año. Este cambio tiene la intención de aligerar las cargas burocráticas para consolidar un marco más eficiente, permitiendo a ARCA dirigir su atención de manera más precisa hacia los actores más influyentes en el ecosistema importador-exportador.
Otra de las innovaciones presentadas por esta disposición gubernamental es la clarificación sobre qué se considerará como “bienes con cotización”, un término que cobra especial importancia en el comercio de materias primas y productos primarios en el escenario internacional. Por medio de este decreto, se establece que entrarán en esta categoría aquellos bienes cuyas transacciones se realicen a notorios y conocidos precios de mercado, facilitando así una referencia objetiva que podrá sostenerse por indicadores públicos disponibles tanto nacional como internacionalmente. Este enfoque acredita una normativa más concreta y pragmática para el control de exportaciones, destinada a mitigar discordancias y mejorar el entendimiento en el negocio internacional.
Además, para los exportadores de estos bienes cotizables, se amplía el alcance y detalle de la información requerida durante el proceso de transacción. Elementos tales como la fecha exacta de contrato, los identificadores específicos de las partes involucradas, y las relaciones empresariales o comerciales deberán ser registrados electrónicamente dentro de los setenta días temporales post declaración de envío. Adicionalmente, la normativa subraya la importancia de conservar documentación justificativa para auditorías futuras.
En un paso más para perfeccionar la transparencia y seguridad jurídica en el proceso exportador, ARCA recibe la autoridad para determinar índices de precios de base, evitando posibles manipulaciones y asegurando que las transacciones cumplan adecuadamente con estándares internacionalmente reconocidos. Se han introducido mejoras en cuanto a las exigencias de presentación de declaraciones juradas.
Empresas que mantengan ciertas especificaciones con vinculados en el extranjero estarán exentas, siempre y cuando no superen presupuestos fiscales de 150 millones de pesos anuales colectivamente o 15 millones de pesos a nivel individual. Esta dispensa responderá a cambios coincidentes en valores de mercado para así conservar su vigencia práctica a un nivel macroeconómico.
Sin lugar a dudas, estas reformas en la normativa no solo reflejan una intención de optimización administrativa, sino también un impulso significativo hacia la adaptación funcional y competitiva de Argentina en los mercados internacionales. Los siguientes pasos estarán vigilados de cerca tanto por el gobierno como por el sector privado, posicionando a Argentina como un potencial motor de cambio en el contexto económico local y global.